Que delega la administración de un bien nacional
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto de Parcelaciones, Colonización y Defensa Forestal ha solicitado del Ministerio de Agricultura se le confiera la administración de los elementos que constituyen la Granja de Agua Fría, en el Municipio de Vélez, por considerarla de utilidad para las labores que actualmente adelanta sobre colonización de Carare,
DECRETA:
Artículo primero. Delégase en el Instituto de Parcelaciones, Colonización y Defensa Forestal, la administración de los terrenos, edificaciones, maquinarias y elementos de propiedad nacional que constituyen en la actualidad la Granja de Agua Fría, Corregimiento de Landázuri, en el Municipio de Vélez.
Artículo segundo. El Ministerio de Agricultura designará un funcionario que con intervención de la Contraloría General de la República, levante el acta de entrega de los elementos que haya de recibir el Instituto de Parcelaciones, Colonización y Defensa Forestal.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de junio de 1053.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA.
El Ministro de Agricultura,
Brigadier General Arturo Chary.
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