Por el cual se aprueba el Decreto número 0454 de 3 de abril de 1950, expedido por la Gobernación del Departamento de Santander

Rango Decreto
Publicación 1950-05-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de la que le confiere el Decreto extraordinario número 3518 de 1949,

DECRETA:

Artículo primero. Apruébase en todas sus partes el siguiente Decreto expedido por la Gobernación de Santander; que a la letra dice:

"DECRETO NUMERO 454 DÉ 1950 (ABRIL 3)

por el cual se. abre un curso de Alcaldes.

El Gobernador del Departamento de Santander,

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente por las conferidas por en Decreto ejecutivo 3523 de 1949, y

considerando

DECRETA:

Artículo 1° Créase el curso de Alcaldes para el Departamento de Santander.

Artículo 2° El curso comprenderá 3 grupos con duración de dos meses de estudio y compuesto de 20 alumnos cada uno. El primer grupo comenzará labores el día 10 de los corrientes; el segando, el 10 de junio, y el tercero el 10 de agosto de 1950.

Artículo 3° Los aspirantes a ingresar han de llenar las siguientes formalidades:

Articulo 4° Fíjase la suma de $ 70.00 (setenta pesos) moneda corriente, mensuales a cada uno de los- integrantes del curso.

Artículo 5° El Gobierno procederá a hacer los traslados necesarios dentro del Presupuesto de la actual vigencia para el cumplimiento del presente Decreto.

Comuníquese.

Expedido en Bucaramanga a 3 de abril dé 1950.

(Firmados): Hernando Sorzano González, Jóse Duarte Salazar, Secretario de Gobierno--Gabriel González Cadena, Secretario, de Hacienda".

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de mayo de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Relaciones Exteriores encargado del Despacho de Gobierno,

Evaristo SOURDIS.

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