Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia en la cantidad de $ 2.700.000.000.00
El Ministro de Gobierno de la República de Colombia. Delegatorio de las funciones presidenciales,
en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Decreto número 1243 de 1979, y
considerando:
Que mediante Decreto número 1479 de junio 27 de 1979 se adicionó el presupuesto de ingresos y gastos del Ministerio de Obras Públicas y Transporte de la actual vigencia, en la cantidad de $2.700.000.000.00 (dos mil setecientos millones de pesos) moneda corriente;
Que dicha partida se debe incorporar en el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1979, de conformidad con disposiciones legales vigentes:
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
decreta:
Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1979 en la cantidad de $ 2.700.000 000.00 (dos mil setecientos millones de pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle:
AQUÍ VA PDF ADJUNTO. DESDE LA PAG. 13, HASTA LA PAG. 14.
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1979:
AQUÍ VA PDF ADJUNTO. DESDE LA PAG. 13, HASTA LA PAG. 14.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de junio de 1979.
german zea
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,
Guillermo Núñez Vergara.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte, encargado,
Rafael García Archila.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.