Por el cual se crea un puesto para la Aduana de Cartagena

Rango Decreto
Publicación 1920-08-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y de la que le confiere el artículo 16 de la Ley 113 de 1919, y considerando que es necesario crear un puesto más de Revisor para la Aduana de Cartagena, por exigirlo así el recargo de trabajo en dicha Aduana,

decreta:

Artículo único. Créase para la Aduana de Cartagena un puesto más de Revisor, con carácter de Supernumerario, con igual asignación a la que disfruta el empleado de la misma categoría en dicha Aduana, y que funcionará hasta cuando lo disponga el Ministro de Hacienda.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de agosto de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Hacienda, Pomponio GUZMAN.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.