Por el cual se crea una estación agronómica

Rango Decreto
Publicación 1907-01-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia

considerando:

Que es de urgente necesidad fundar en el país una estación agronómica en donde se hagan los cultivos de todas las plantas tropicales útiles y en donde al mismo tiempo que se den plantas y semillas se enseñe su cultivo, y en donde se fomente y se aclimate la cría de ganados vacuno y caballar y de aves útiles,

decreta:

Fúndase en el lugar que el Gobierno estime conveniente, en clima medio de veintiocho grados, á orillas del Ferrocarril de Girardot y en donde haya fácil regadío y buena y abundante provisión de aguas potables, una estación agronómica.

Facúltase al señor Ministro de Obras Públicas para hacer la adquisición de los terrenos necesarios para esta estación agronómica y para organizar el establecimiento y conservación de ella.

Los gastos que ocasione el cumplimiento de este Decreto se incluirán en el Presupuesto de la vigencia de 1907.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 28 de Diciembre de 1906.

R. REYES

El Ministro de Obras Públicas,

f. de p. MANOTAS

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