Por el cual se dispone la publicación de unos originales

Rango Decreto
Publicación 1930-10-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que en la Biblioteca Nacional se conservan los originales de la correspondencia enviada al eminente filólogo colombiano Rufino José Cuervo por ilustres personalidades de Europa y América;

Que la mencionada correspondencia versa casi toda sobre asuntos gramaticales y lingüísticos, del mayor interés para el mejor conocimiento y más apropiado uso de la lengua castellana;

Que la publicación de ella, además de ser provechosa para nuestras escuelas y colegios, es un nuevo monumento que honra la memoria del egregio colombiano,

DECRETA:

Artículo 1° Comisiónase al doctor Luis Augusto Cuervo, actual Presidente de la Academia Colombiana de Historia, y sobrino del señor Cuervo, para que seleccione y dirija la publicación de la mencionada correspondencia, la que se editará en la Imprenta Nacional, en edición de lujo y en una cantidad de mil ejemplares.
Artículo 2° El Director de la Biblioteca Nacional pondrá a disposición del doctor Luis Augusto Cuervo las cartas que allí reposan y que fueron dirigidas a don Rufino José Cuervo. Dichas cartas no saldrán del recinto de la Biblioteca, y el Director de este establecimiento prestará auxilio eficaz al encargado de la edición.
Artículo 3° Reconócese al doctor Luis Augusto Cuervo la cantidad de cien ejemplares de la obra de que trata el presente Decreto; y
Artículo 4° Los gastos que ocasione el cumplimiento de este Decreto se tomarán del artículo 671 del capítulo 53 del actual Presupuesto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de septiembre de 1930.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Educación Nacional,

Abel CARBONELL

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