Por el cual se reforma el Decreto marcado con el número 2065 de 1934 (octubre 31)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que debido al desarrollo y ensanche de las construciones de la base aérea de Palanquero, es de imperiosa necesidad aumentar el número de tropa destinado a los servicios de vigilancia y de régimen interno; y Teniendo en cuenta que en ese aeródromo mixto central de la República se hallan concentrados la mayoría de aviones y de material técnico con que cuenta la aviación militar,
DECRETA:
Artículo único. A partir del 1° de septiembre del presente año, refórmase el Decreto número 2005 de 1934 (octubre 31), reglamentario de la Base aérea de Palanquero, en el sentido de que la Unidad de guarnición en dicha Base de que trata el ordinal h) del aludido Decreto, sea una Compañía Terrestre de Aviación y no un pelotón como está dispuesto, la cual tendrá los siguientes efectivos:
| H-Compañía Terrestre de Aviación. | ||
|---|---|---|
| Un Capitán Comandante | $ | 190 |
| Un Teniente | 135 | |
| Un Subteniente | 115 | |
| Un Sargento primero | 63 | |
| Tres Sargentos segundos a $ 45 cada uno | 135 | |
| Tres Cabos primeros, a $ 30 cada uno | 90 | |
| Tres Cabos segundos, a $ 15 cada uno | 45 | |
| Un Corneta | 8 | |
| Cien soldados, a $ 4-50 cada uno. | 450 |
Parágrafo. Queda en estos términos modificado el artículo quinto (5°), del Decreto número 2065 de 1934 (octubre 31), reglamentario de la Base aérea de Palanquero.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de agosto de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Guerra,
Marco A. AULI
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