Por el cual se modifica el número 207 del año en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Auméntase a diez pesos ($ 10) mensuales desde el primero de septiembre próximo la partida para alimentación, lavado y peluquería de cada individuo de tropa que integre el Grupo de Caballería Rondón, acantonado en Uribia (Comisaría de La Goajira).
Artículo 2° En los términos anteriores, modificase el Decreto número 207 de 9 de febrero de 1935.
Comuníquese y publíquese. '
Dado en Bogotá a 28 de agosto de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Guerra,
Marco A. AULI
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