Reorgánico del Cuerpo de Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. Desde el 1º. de Enero de 1907 del Cuerpo de Policía Nacional de esta capital constará del siguiente personal, con las asignaciones que se expresan:
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 29 de Diciembre de 1906.
R. REYES
El Ministro de Guerra,
Manuel M. SANCLEMENTE.
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