Sobre franquicia radiotelefónica al Intendente Nacional del Chocó

Rango Decreto
Publicación 1940-08-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Ministro de Correos y Telégrafos,

en uso de sus atribuciones legales,

RESUELVE:

Artículo único. Concédese franquicio en los circuitos radiotelefónicos de propiedad nacional, al Intendente del Chocó, para comunicaciones oficiales dentro del territorio de la Intendencia, limitada a 15 llamadas oficiales por semana, de 5 minutos cada una, sin que sea acumulable el servicio no utilizado en una semana con el de la semana o semanas siguientes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de agosto de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alfredo CADENA D'COSTA

Digitó: CC1.023.922.646

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