Por el cual se destina una partida
El Presidente de la República de- Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. De los fondos apropiados en el Capitulo 72, articulo 1128 del Presupuesto vigente, destinase la suma de cuatrocientos veinte pesos ($ 420) moneda corriente al pago de la aseadora de la Sección de Museos, dependiente de la Dirección de Extensión Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Educación Nacional, a razón de treinta y cinco pesos ($ 35) mensuales, durante los meses comprendidos de enero a diciembre del presente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de enero de 1945.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
Carlos SANZ DE SANTAMARIA
El Ministro de Educación Nacional,
Antonio ROCHA
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