Por el cual se reforma el decreto número 339 de 1905

Rango Decreto
Publicación 1907-01-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 628, de 28 de Mayo último, dispone que desde el primero de Enero próximo entrante los Tenientes Políticos de que tratan los artículo (sic) 83 y 85 del Decreto número 339 de 1905 sean nombrados por los Rematadores de la Renta de licores y que sea de cargo de éstos el pago de los sueldos de dichos funcionarios y el de sus Secretarios; y á la vez por el artículo 6º del mismo Decreto se autoriza á la Gerencia de Rentas para nombrar los Tenientes Políticos que hayan de actuar en los casos de fraude á las demás Rentas reorganizadas, lo cual puede ocasionar en lo futuro confusiones que deben evitarse,

DECRETA:

Artículo único. Los funcionarios de introducción que con sus Secretarios corresponde nombrar á la Gerencia de Rentas y que deben actuar en los casos de fraude á cualquiera de las Rentas reorganizadas á cargo del Banco Central, serán denominados Jueces de Rentas; invísteseles de toda la jurisdicción atribuida á los Tenientes Políticos por el Decreto 339 ya citado, y será de su cargo conocer, activar y llevar hasta en terminación en sentencia definitiva los juicios que se hallen pendientes en poder de los actuales Tenientes Políticos, con excepción de los que hagan referencia á la Renta de licores nacionales, cuyo conocimiento corresponde á los Tenientes Políticos que los Rematadores de esta Renta tienen derecho á nombrar.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 31 de Diciembre de 1906.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

Tobias VALENZUELA.

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