Por el cual se destinan unas partidas presupuestal para atender la calamidad públicas

Rango Decreto
Publicación 1971-09-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales y en especial de la que le confiere la Ley 4ª de 1970; y

considerando:

Que en la noche del sábado y domingo últimos, un fuerte vendaval azotó varios barrios populares y de viviendas poco consistente en la ciudad de Montería;

Que de acuerdo con el censo elaborado por las autoridades Departamentales, municipales y la Defensa Civil, resultaron semidestruídas no menos de ciento cincuenta (150) viviendas y escuelas, que perdieron en su mayoría los techos y sufrieron derrumbes de paredes, puertas y ventanas;

Que según los datos aportados por las autoridades de Montería, confrontados, por el Instituto de Crédito Territorial, el costo de los elementos y materiales indispensables para ejecutar las reparaciones de rigor asciende a la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00) moneda corriente, y

Que el Gobierno considera su deber, no solo expresar su solidaridad a los damnificados por calamidades públicas como las señaladas, sino auxiliarlos económicamente,

decreta:

Artículo 1° De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, Capítulo 101, artículo 1015, para calamidades públicas, destínase la suma de ciento cinccenta mil pesos ($ 150.000.00) moneda corriente, para auxiliar a los damnificados de la ciudad de Montería, a que se refiere la parte motiva de este Decreto. Dicha suma será girada a la Dirección Nacional de la Defensa Civil, para su inversión en la compra de los materiales, elementos y herramientas necesarias para las reparaciones de las escuelas y viviendas de que se ha hecho mención.
Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de agosto de 1971.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Gobierno, Abelardo Forero Benavides. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo LlorenteMartínez.

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