Por el cual se reorganiza la Comisión Revisora del Código de Minas

Rango Decreto
Publicación 1963-08-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Reorganízase la Comisión Asesora del Gobierno, creada por Decreto 234 del 2 de febrero de 1961, para la revisión del proyecto de Código de Minas, elaborado por ésta, y la cual quedará integrada. por 4 abogados, 1 economista, 1 ingeniero de minas y 1 secretario.
Artículo 2° Nombrante miembros de dicha Comisión, a las siguientes personas:

Eustorgio Sarria.

Diego Tovar Concha.

Rafael Quiñones Neira.

Manuel Bayona Carrascal.

Abel Cruz Santos.

Pedro Moreno Tobón.

Artículo 3° La comisión tendrá el término de un (1) mes, contados a partir del 18 de julio del año en curso, para entregar al Ministerio de Minas el proyecto de Código, debidamente revisado, con su correspondiente exposición de motivos.
Artículo 4°. Autorízase al Ministro de Minas y Petróleos para celebrar los contratos respectivos con las personas designadas en el artículo y con la persona que debe actuar como Secretario de la Comisión.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de julio de 1963.

guillermo leon valencia

El Ministro de Minas y Petróleos,

Enrique Pardo Parra.

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