Por el cual se fija una asignación para gastos de material en el Servicio Consular
El Presidente de la República de Colombia,
vsito el artículo 288 del Código Político y Municipal,
decreta:
Desde el día primero de octubre próximo en adelante, asígnase al Consulado de la República en Marsella (Francia), la suma mensual de cincuenta pesos ( $ 50 ) para arrendamiento de local y útiles de escritorio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de septiembre de 1918.
MARCO FIDEL SUAREZnoneEl Ministro de Relaciones Exteriores, Pedro Antonio MOLINA.
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