por el cual se modifica el Decreto 813 de 1992

Rango Decreto
Publicación 1993-08-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1° Suprímese de la Planta de Personal del Ministerio de Gobierno, establecida en el artículo 1° del Decreto 813 de 1992 los siguientes empleos:

Número de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro.
3 Asesor 1020 08
3 Profesionales Especializados 3010 16
1 Secretario Ejecutivo 5040 11
3. Secretaría General. 3. Secretaría General. 3. Secretaría General. 3. Secretaría General.
1 Secretario General de Ministerio 0035 14

Artículo 2° Créase en la Planta de Personal del Ministerio de Gobierno los siguientes cargos:

Número de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro.
2 Asesor 1020 13
1 Asesor 1020 14
3. Secretaría General. 3. Secretaría General. 3. Secretaría General. 3. Secretaría General.
1 Secretario General de Ministerio 0035 20

Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 813 de 1992.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 12 de agosto de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Gobierno,

Fabio Villegas Ramírez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Carlos Humberto Isaza Rodríguez.

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