Por el cual se hacen unos traslados dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971. (Ministerio de Justicia y Rama Jurisdiccional), por $ 1.226.500.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3º del artículo 50 de la Ley 4ª de 1970, se facultó al Gobierno Nacional para abrir crédito y efectuar traslados dentro del Presupuesto de Gastos par a la vigencia fiscal de 1971, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito:
Que el Ministerio de Justicia y la Rama Jurisdiccional, por medio de las Resoluciones números 2053 y 2126 de 1971, declararon sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su presupuesto de gastos para la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados por incrementar otras apropiaciones de sus mismos presupuestos que resultaron insuficientes, por un valor de $ 1.226.500.00;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964,-el. Contralor General de la República expidió los certificados de reserva y disponibilidad .números 16 y. 19 de 1971, por un valor igual al que se trata de transferir y
Que se han cumplido los requisitos legales para, la tramitación, de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados, en el Presupuesto de Gastos para la vigencia .fiscal de 1971:
Presupuesto de funcionamiento
Contracréditos
Rama Jurisdiccional
CAPITULO 364
Instrucción Criminal
Programa 374
Dirección y. administración de los
Juzgados de: Instrucción Criminal
Servicios personales.
| 102 134 121 Artículo 3646 Prima de capacitación | $ | 250.000 |
|---|---|---|
| 102 134 121 Artículo 3647. Prima ascensional | 59.500 | 59.500 |
CAPITULO 367
Tribunal Superior y Juzgados
Superiores de. Aduanas
Programa 377
Dirección y administración del Tribunal
Superior y Juzgados Superiores de Aduanas
Servicios personales.
| 102 134 121 Artículo 3685 Prima de capacitación | 10.000 |
|---|---|
CAPITULO 369.
Juzgados Municipales y Territoriales
Programa 379
Dirección y administración de los
Juzgados Municipales Territoriales
Gastos generales.
| 12 | 135 Artículo 5564. Construcción terminación y dotación de cárceles en el Departamento del, Quindío | 150.000 |
|---|---|---|
| Proyecto 2. | Terminación Cárcel Judicial de Armenia | 150,000 |
| 565 | 135 Articulo 5567 Construcción, terminación y dotación de cárceles en el Departamento del Tolima | 290.000 |
| Proyecto 1. | Terminación Cárcel, Espinal | 200.000 |
| Proyecto 2. | Terminación. Cárcel Honda | 90.000 |
Programa 551
Otras construcciones adquisiciones
Inversión directa.
| 563 | 134 Artículo 5573. Construcción de edificios | 267.000 |
|---|---|---|
| Proyecto 2. | Instituto de Medicina Legal de Medellín | 267.000 |
| Suman los Contracréditos | 1.226,500 |
Créditos
Presupuesto de funcionamiento
Ministerio de. Justicia
CAPITULO 131.
Ministerio de Justicia
Programa 143
Dirección General-de Prisiones
Gastos generales.
| 106 135 207 | Artículo 1337. Servicios de comunicaciones | 200.000 |
|---|---|---|
Rama Jurisdiccional
CAPITULO 3621
Tribunales Superiores de Distrito Judicial
Programa 372
Dirección y Administración de
Tribunales Superiores
Servicios personales.
| 101 134 111 | Artículo 3616 Honorarios | 50.000 |
|---|---|---|
CAPITULO 364
Instrucción Criminal I
Programa 374
Dirección y administración de los
Juzgados de Instrucción Criminal
Gastos generales.
| 106 134.211 | Artículo 3654. Materiales y suministros | 259.500 |
|---|---|---|
CAPITULO 367
Tribunal Superior y Juzgados
Superiores de Aduanas
Programa 377
Dirección y administración del Tribunal
Superior y Juzgados Superiores de Aduanas.
Gastos, generales
| 565 | 135 Artículo 5564 Construcción terminación y, dotación de cárceles y en el Departamento del Quindío | 417.000 |
|---|---|---|
| Proyecto 1. | Construcción Cárcel de Mujeres de Armenia | 417.000 |
| 565 | 135 Artículo 5567. Construcción, terminación, y dotación de cárceles en el Departamento del Tolima | 290.000 |
| Proyecto 3. | Construcción y terminación cárcel de Chaparra | 290.000 |
| Suman los créditos | $ 1.226.500 |
Artículo 2° El presente Decretó rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de agosto de 1971.
MISAEL PASTRANA BORRERO
| El Ministro de Hacienda y Crédito Público, | Rodrigo Llorente M. |
|---|---|
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.