Por el cual se determina la planta de personal de la Oficina de Estupefacientes
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo 1° La planta de personal de la Oficina de Estupefacientes creada por Decreto 12,06 de 1973, estará conformada por el siguiente personal:
1 Oficial de la Policía Nacional escogido por el Director General de la Policía Nacional.
1 Inspector General del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) escogido por el Jefe del citado Departamento.
1 Oficial del Resguardo Nacional de Aduanas escogido por el Director General de Aduanas.
1 Técnico Investigador Asesor de la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial, designado por el Procurador General de la Nación.
Parágrafo. Los funcionarios que se escojan conforme al presente artículo prestarán sus servicios de tiempo completo en la Oficina de Estupefacientes.
Artículo 2° Igualmente créanse para la misma oficina los siguientes cargos en la planta de personal del Ministerio de Justicia:
| 1 Abogado Especializado | V - 28 | $ 6.500 |
|---|---|---|
| 1 Médico de Salud Pública | IV - 28 | 6.500 |
| 1 Secretario Mecanotaquígrafo | II-16 | 2.100 |
| 1 Oficinista | III - 13 | 1.580 |
| Artículo 3° Los cargos de Abogado Especializado V-28 y Médico de Salud Pública IV-28 creados en el artículo anterior tendrán Prima Técnica y su asignación se hará a los titulares de los empleos conforme a las disposiciones vigentes sobre, el particular. | Artículo 3° Los cargos de Abogado Especializado V-28 y Médico de Salud Pública IV-28 creados en el artículo anterior tendrán Prima Técnica y su asignación se hará a los titulares de los empleos conforme a las disposiciones vigentes sobre, el particular. | Artículo 3° Los cargos de Abogado Especializado V-28 y Médico de Salud Pública IV-28 creados en el artículo anterior tendrán Prima Técnica y su asignación se hará a los titulares de los empleos conforme a las disposiciones vigentes sobre, el particular. |
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Artículo 4° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 9 de agosto de 1973.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Justicia, Jaime Castro. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez. El Ministro de Defensa Nacional, General Hernando Curea Cubides. El Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad, General (r) Jorge Ordóñez Valderrama. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Carmenza Arana de Ramírez.
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