por el cual se liquida la adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007, contenida en el Decreto 1246 del 16 de abril de 2007
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y
en desarrollo de lo dispuesto en el Decreto 1246 del 16 de abril de 2007,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;
Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;
Que mediante Decreto 1246 del 16 de abril de 2007 se adicionó el Presupuesto General de la Nación para la presente vigencia fiscal en dos mil ciento treinta y nueve millones ciento setenta y seis mil novecientos sesenta y nueve pesos ($2.139.176.969) moneda legal;
Que mediante Oficio DIFP-26-20072620000816 del 13 de marzo de 2007, el Departamento Nacional de Planeación conceptúa favorablemente sobre la adición de dos mil ciento treinta y nueve millones ciento setenta y seis mil novecientos sesenta y nueve pesos ($2.139.176.969) moneda legal, al Presupuesto de Gastos de Inversión del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF,
DECRETA:
Artículo 1°.Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Efectúese la siguiente liquidación a la adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007, en la suma de dos mil ciento treinta y nueve millones ciento setenta y seis mil novecientos sesenta y nueve pesos ($2.139.176.969) moneda legal, según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
| II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLlCOS | 2.139.176.969 |
|---|---|
| 360700 INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, ICBF | 360700 INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, ICBF |
| B. RECURSOS DE CAPITAL | 2.139.176.969 |
| DONACIONES | 2.139.176.969 |
Artículo 2°.Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Efectúese la siguiente liquidación a la adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2007, en la suma de dos mil ciento treinta y nueve millones ciento setenta y seis mil novecientos sesenta y nueve pesos ($2.139.176.969) moneda legal, según el siguiente detalle:
ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
| CTA. PROG. | SUBC. SUBP. | CONCEPTO | APORTE NACIONAL | RECURSOS PROPIOS | TOTAL |
|---|---|---|---|---|---|
| SECCION 360700 | SECCION 360700 | SECCION 360700 | SECCION 360700 | SECCION 360700 | SECCION 360700 |
| INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,·ICBF | INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,·ICBF | INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,·ICBF | INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,·ICBF | INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,·ICBF | INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,·ICBF |
| C | PRESUPUESTO DE INVERSION | 2.139.176.969 | 2.139.176.969 | ||
| 320 | PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO | 2.139.176.969 | 2.139.176.969 | ||
| 320 | 1501 | ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD | 2.139.176.969 | 2.139.176.969 | |
| TOTAL PRESUPUESTO SECCION | TOTAL PRESUPUESTO SECCION | TOTAL PRESUPUESTO SECCION | 2.139.176.969 | 2.139.176.969 |
Artículo 3°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de mayo de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
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