por el cual se fija la remuneración del personal directivo de la Compañía de Fomento Cinematográfico, Focine
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1986,
DECRETA:
Artículo 1º A partir del 1º de enero de 1987, fíjanse las siguientes escalas de remuneración para el personal directivo de la Compañía de Fomento Cinematográfico -Focine:
| Cargo | Grado | Asignación básica |
|---|---|---|
| Gerente | 03 | $ 200.605 |
| Subgerente | 05 | 144.845 |
| Secretario General | 06 | 144.845 |
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto-ley 66 de 1986 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1987. Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de enero de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
César Gaviria Trujillo.
El Ministro de Comunicaciones,
Edmundo López Gómez.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Diego Younes Moreno.
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