Por el cual se aprueba la Resolución número 13 de 1935, de la Sección de Provisiones del Gobierno Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase la siguiente Resolución:
"RESOLUCION NUMERO 13 DE 1935
(agosto 28)
por la cual se delegan algunas facultades.
El Director General de la Sección
de Provisiones,
en Uso de la facultad que le confiere el aparte f) del Decreto legislativo número 518 bis de 1931,
RESUELVE:
Artículo 1° Delegar al señor Subdirector General de la entidad la firma de la siguiente correspondencia:
- a) La relativa a informes sobre el curso de las importaciones;
- b) La remisoria a los Ministros de documentos comerciales relacionados con sus importaciones;
- c) La que solicita exenciones de impuestos municipales;
- f) La que se refiera a entrega de carga a los destinatarios locales;
- e) La que solicite exenciones de Aduana y de fletes férreos;
- f) La que abre licitaciones, o lo que es lo mismo, pide cotizaciones;
- g) La que solicite a los Ministros aclaración de sus pedidos;
- h) La sustanciación de correspondencia con ofertas y la que de ellas se ocupe en aclaración o adición.
Articulo 2° Delégase al Secretario General la firma de la siguiente correspondencia:
- a) Las notas de remisión de actas a los Ministerios;
- b) Las notas en que se participa a los concursados que no les fue adjudicada una licitación;
- c) Los informes sobre actuaciones del Consejo Directivo para entidades oficiales.
Articulo 3° Sométase esta providencia a la aprobación del Poder Ejecutivo.
Comuníquese y publíquese.
Dada en Bogotá a 28 de agosto de 1935.
H. Amador R."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de septiembre de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Agricultura y Comercio,
Guillermo LONDOÑO MEJIA
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