Por el cual se aprueba el Acuerdo número 010 de 1984 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo de Nariño

Rango Decreto
Publicación 1985-05-10
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 16, numeral 8, Clase A del Acuerdo 006 aprobado por el Decreto 2893 de 1983,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase la organización interna y las funciones de las dependencias de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo de Nariño, establecidas mediante el Acuerdo número 010 de 1984 de la Junta Directiva de dicha entidad, cuyo texto es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 010

por el cual se establece la organización interna y se fijan las funciones de las dependencias de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo de Nariño.

La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo de Nariño "Corponariño", en ejercicio de las facultades legales, en especial de las que le confiere la Ley 27 de 1982 y demás disposiciones legales, y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,

ACUERDA:

Organización interna.

Artículo 1° La organización interna de la Corporacíón Autónoma Regional para el Desarrollo de Nariño, será la siguiente:

1. Junta Directiva. Junta Directiva.
2. Dirección Ejecutiva. Dirección Ejecutiva.
2.1. Oficina de Planeación.
3. Secretaría General. Secretaría General.
4. Subdirección Administrativa y Financiera. Subdirección Administrativa y Financiera.
4.1. División Administrativa.
4.2. División Financiera.
5. Subdirección Técnica. Subdirección Técnica.
5. 1. División de Recursos Naturales.
5.2. División de Ingeniería.
6. Organos de Asesoría y Coordinación. Organos de Asesoría y Coordinación.
6.1. Comité de Coordinación,
6.2. Junta de Licitaciones y Adquisiciones
6.3. Comisión de Personal.
7. Direcciones Regionales. Direcciones Regionales.

Funciones de las dependencias.

Artículo 2° La Junta Directiva y el Director Ejecutivo cumplirán las funciones que les fueron asignadas en la Ley 27 de 1982, en los estatutos de la Corporación y demás disposiciones vigentes.

Artículo 3°Oficina de planeación. Son funciones de la Oficina de Planeación las siguientes:

Articulo 4°Secretaría General. Son funciones de la Secretaria General las siguientes:

Artículo 5°Subdirección Administrativa y Financiera. Son funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera las siguientes:

Artículo 6° **División Administrativa**. Son funciones de la División Administrativa las siguientes:

Artículo 7° **División Financiera**. Son funciones de la División Financiera las siguientes:

Artículo 8° **Subdirección Técnica.** Son funciones de la Subdirección Técnica las siguientes:

Artículo 9° **División de Recursos Naturales**. Son funciones de la División de Recursos Naturales las siguientes:

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