Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia fiscal de 1974 en la cantidad de $ 6.000.000
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional, por medio del Decreto número 1154 de junio 20 de 1974, apropió en el presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Públicas la cantidad de seis millones de pesos ($ 6.000.000.00) moneda corriente, como aporte al Fondo Nacional de Caminos Vecinales -Seccional de Antioquia- para la construcción de la carretera La M-Riopiedras y reconstrucción Riopiedras-La Ceja;
Que la partida anterior se debe incorporar en el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia;
Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1974, en la cantidad de seis millones de pesos ($ 6.000.000.00) moneda corriente, según el siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Ingresos no Tributarios
Aportes
Numeral 2. Aporte del Gobierno Nacional, Ministerio de Obras Públicas con recursos ordinarios $ 6.000.000
Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1974, en la cantidad de seis millones de pesos ($ 6.000.000.00) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:
PRESUPUESTO DE GASTOS
Inversión Indirecta
Programa I I
Financiamiento
Artículo 33-A. Para entregar al Fondo Nacional de Caminos Vecinales, Seccional de Antioquia, para la construcción de la carretera La M - Riopiedras y reconstrución Riopiedras-La Ceja $ 6.000.000
Artículo 3º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuniquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 31 de julio de 1974.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez. El Ministro de Obras Públicas, Argelino Durán Quintero.
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