por el cual se distribuye una apropiación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Policía Nacional), por $ 1.850.000.00 y se hace una aclaración

Rango Decreto
Publicación 1967-09-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto, en el artículo 13 de la Ley 77 de 1966 corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas, que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos emanados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección Nacional del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos, y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;

Que la Policía Nacional propuso la distribución parcial de la partida correspondiente al Capítulo 1081, Programa 1081, artículo 10801 de su presupuesto de inversión para la vigencia fiscal dé 1967;

Que el Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección Nacional del Presupuesto, han estudiado y encontrado conveniente y ceñida a las disposiciones legales la distribución propuesta, y

Que es necesario aclarar la distribución hecha en el Decreto número 580 de abril 7 de 1967,en el sentido de que la asignación de $,50.000.00 hecha en el, numeral 1 del Departamento de Norte de Santander corresponde al Amparo de Niños de Cúcuta y no al Amparo de Niños, el cual no existe,

DECRETA:

Artículo 1° Hacer la, siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:

PRESUPUESTO DE INVERSION

Policía Nacional.

CAPITULO 1081

Rama Técnica.

B). Programas de inversión indirecta.

Programa 1081

Construcción, terminación y ampliación de Cuarteles y Casas Fiscales.

Inversión indirecta

Recursos ordinarios.

610, 435. Artículo 10801. Para la construcción de la Dirección General; construcción de cuarteles, alojamientos y obras de bienestar social de la. Policía mediante distribución que hará el Gobierno por decretos, especiales, previo estudio de la Dirección de la Policía Nacional, el Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección Nacional del Presupuesto, $5.000.000.00

Se distribuye así:

Proyecto 7 Construcción casa para la Parroquia de la Policía Nacional en predios de la Escuela General Santander, en Bogotá 150.000
Proyecto 8 Para adquirir de la Caja: de Vivienda Militar las Casas Fiscales del Departamento del Magdalena, en Santa Marta 192.935
Proyecto 9 Adquisición de inmuebles en la manzana donde se construirá el edificio para la Dirección General de la Policía Nacional, en Bogotá (carrera 11 calle 10), inclusive, estudios preliminares $ 1.507.065
Total $ 1.850.000
Artículo 2° Aclárese el Decreto número 580 de abril 4 de 1967, en el sentido de expresar que la suma de $50.000 asignada en el numeral 1 del Departamento de Norte de Santander, corresponde al Amparo de Niños de Cúcuta y no al Amparo de Niñas de la misma ciudad.
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de agosto de 1967.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama

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