Por el cual se abre un crédito suplemental al presupuesto de gastos del Ministerio de Instrucción Pública, de la vigencia económica de 1891 y 1892
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que la partida de $ 50,000, votada en el articulo 842 del Presupuesto de Gastos vigente, con destino a1 sostenimiento del Instituto Salesiano, ha quedado agotada por los muchos gastos que ha demandado 1a fundación de dicho Establecimiento;
2.° Que el Consejo de Estado, a petición de este Ministerio, ha emitido dictamen favorable de que puede abrirte el crédito suplemental al Presupuesto vigente por la cantidad de cuarenta mil peses ($40,000) para atender al pago del personal y material del referido Instituto;
3.° Que es necesario y conveniente fomentar de una manera pronta y eficaz la enseñanza de artes y oficios ; y
4.° Que el Consejo de Ministros, tomando en cuenta este asunto, ha abierto el crédito referido, observando en todo lo dispuesto en el artículo 208 de la Constitución,
DECRETA
Articulo único. Abrese al Ministerio de Instrucción Pública el siguiente crédito suplemental al Presupuesto de Gastos del bienio económico de 1891 y 1892:
CAPITULO 68
Gastos varios
Escuela de artes y oficios.
Art. 842. Para el sostenimiento del Instituto Salesiano de Bogotá, sueldo de maestro y pensiones de alumnos oficiales del mismo, cuarenta mil pesos $ 40.000.
Suma este crédito cuarenta mil pesos $ 40.000.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 9 de Mayo de 1892.
CARLOS HOLGUÍN.
El Ministro de Instrucción Pública,
JOSÉ I. TRUJILLO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.