Por el cual se modifica la Planta de Personal de la Corporación Regional del Quindío, establecida por el decreto número 836 de 1974

Rango Decreto
Publicación 1975-09-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades legales, y en especial las que le confieren los Decretos-leyes 2554 de 1973 y 230 de 1975,

decreta:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 10 de 25 de abril de 1975, emanado de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (C. R.Q.) y cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 10 DE 1975

(abril 25)

por el cual se modifica la Planta de Personal de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (C.R.Q.)

La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (C.R.Q.) en uso de sus atribuciones legales y estatutarias,

acuerda:

Artículo 1° Suprímese la planta, de personal de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (C.R.Q.) a excepción de los siguientes cargos:
No. De cargos Denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico
Dirección General
1 Director General I 32 $ 12.000
1 Chofer V 11 2.120
Sección de Contabilidad.
1 Auxiliar de Contabilidad III 16 3.420
1 Liquidador de Cuentas III 16 3.420
División Eléctrica.
1 Mecanógrafo III 11 2.120
División de Recursos Naturales.
1 Mecanógrafo III 11 2.120
Artículo 2° Créanse los siguientes cargos en la Planta de Personal de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (C.R.Q.)
No. de cargos Denominación del empleo. Clase Grado Sueldo básico
Dirección General
1 Mecanotaquígrafa II 13 2.570
1 Auxiliar de Oficina III 10 1.930
Secretaría General
1 Secretario General II 31 11.400
1 Mecanotaquígrafo II 13 2.570
División Administrativa
1 Jefe División Personal Asistencial I 28 9.600
1 Mecanógrafo III 11 2.120
Sección de Contabilidad.
1 Contador III 23 6.600
Sección de Tesorería.
1 Tesorero I 21 5.500
1 Ayudante de Contabilidad V 13 2.570
1 Revisor de Documentos IV 15 3.110
1 Revisor de Documentos III 14 2,830
1 Cajero Auxiliar VII 11 2.120
Sección Servicios Generales
1 Asistente Administrativo III 23 6.600
1 Almacenista II 17 3.770
1 Mecanógrafo III 11 2.120
1 Auxiliar de Servicios Generales VII 11 2.120
2 Auxiliar de Servicios Generales II 6 1.320
1 Kardixta III 14 2.830
División Eléctrica.
1 Jefe de División Personal Asistencial III 30 10.800
Sección Técnica.
1 Ingeniero I 26 6.600
1 Auxiliar de Ingeniería III 16 3.420
1 Liquidador de Cuentas III 16 3.420
1 Estadígrafo III 14 2.830
4 Mecanógrafo II 10 1.930
1 Oficinista II 13 2.570
Sección Operativa.
1 Ingeniero I 23 6.600
3 Supervisor de Personal Auxiliar IV 17 3.770
División de Recursos Naturales
1 Jefe de División de Personal Asistencial I 28 9.600
Sección Técnica.
1 Ingeniero I 23 6.600
1 Auxiliar de Ingeniería III 16 3.420
Sección Operativa.
1 Ingeniero I 23 6.600
1 Proveedor II 14 2.830
3 Mayordomos III 11 2.120
1 Inspector Auxiliar I 15 3.110
13 Guardabosques V 9 1.750
1 Auxiliar de Labores de Campo III 9 1.750
1 Ayudante de Meteorología I 10 1.930
1 Zootecnista V 23 6.600
Artículo 3° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y para su validez requiere la aprobación mediante Decreto del Gobierno Nacional, que llevará las firmas del Ministro de Agricultura, la del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil y la. del Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Armenia (Q.) a los 25 días del mes de abril de 1975.

El Presidente,

(Fdo.), J. Iván Echeverry Osorio.

El Secretario,

(Fdo.). Octavio Valencia Díaz.

Artículo 2° El presente Decreto rige a apartir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de agosto de 1975.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya.

El Ministro de Agricultura,

Rafael Pardo Buelvas.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Jaime Lopera Gutiérrez.

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