Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del día 14 de los corrientes, autorizó el traslado solicitado por el Ministerio de Obras Públicas de la suma de $ 30,000, en el Presupuesto de la vigencia en curso,
DECRETA:
Artículo único. Trasládase la suma de treinta mil pesos ($ 30,000), del artículo 408, capítulo 75, del Presupuesto extraordinario de la vigencia en curso, al artículo 409, del mismo capítulo.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 10 de septiembre de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Obras Públicas,
Alfonso ARAUJO
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