Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día l° de septiembre en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar algunos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en la nota número 6899, procedente de la Secretaría de dicha entidad,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
| Capítulo 79: | |||
|---|---|---|---|
| Departamento del Atlántico: | |||
| Del artículo 1042. Para jornales y gastos varios de las Secciones de Sanidad y Caja Fluvial Barranquilla | $ | 75 | |
| Capítulo 81: | |||
| Departamento del Magdalena: | |||
| Del artículo 1067. Para continuar la muralla de defensa de El Banco, Ley 88 de 1892 | 24,800 | ||
| Capítulo 85: | |||
| Del artículo 1094. Para estudio y trazado de carreteras nacionales, cuya distribución hará el Gobierno, incluyendo la carretera Caldas-Bolombolo | 1,900 | ||
| Capítulo 79: | |||
| Departamento del Atlántico: | |||
| Al artículo 1041. Para material de las Secciones de Sanidad y Caja Fluvial de Barranquilla | 75 | ||
| Capítulo 86: | |||
| Departamento del Magdalena: | |||
| Al artículo 1155. Para construir los puentes entre El Banco y Pinto, Ley 19 de 1936 | 24,800 | ||
| Capítulo 90: | |||
| Comisaria del Putumayo: | |||
| Al artículo 1189-G. Para el pago de cuentas pendientes de vigencias anteriores, correspondientes a la vía de Araracuara | 1,900 | ||
| Sumas iguales | $ | 26,775 | 26,775 |
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de septiembre de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Obras Públicas,
José GOMEZ PINZON
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.