por el cual se autoriza el ejercicio de parte de una apropiación aplazada por Decreto número 119 del corriente año (enero 17)

Rango Decreto
Publicación 1947-05-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión de fecha 8 del presente mes y año, teniendo en cuenta la petición formulada por el Ministro de .Obras Públicas, y el concepto favorable sobre el particular del Ministro de Hacienda y Crédito Público, determinó levantar el aplazamiento de parte de la partida incorporada en el Presupuesto vigente "para estudios de la carretera San Lorenzo-La Cana", cuyo ejercicio había sido aplazado por el Decreto número 119 de 1947,

DECRETA:

Artículo 1º Levántase el aplazamiento ordenado según Decreto número 119 de 1947 (enero 17), para parte de la siguiente apropiación de la-Ley de Gastos vigente:

MINISTERIO DE'OBRAS PUBLICAS

CAPITULO 99.

Carreteras Nacionales-Estudios y Construcción.

Articulo 1995. Para estudios de la carretera San Lorenzo-La Cana S 1.000.00
Articulo 2º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de mayo de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Obras Públicas,

Luis Ignacio ANDRADE

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