Por el cual se reforma el marcado con el número 598 de 27 de junio de 1913
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales.
DECRETA:
Artículo 1°. Redúcense las Compañías de Ametralladoras organizadas por Decreto 598 de 1913 a Secciones, con la mitad de la dotación de Oficiales y tropa que para aquéllas se había señalado y que se tomará de las Compañías de Infantería, para efectos del servicio únicamente.
Artículo 2°. Queda en estos términos reformado el Decreto número 598 de 1913.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 17 de septiembre de 1915
JOSE VICENTE CONCHA
El Secretario de Guerra, encargado del Despacho, Ernesto Borrero.
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