Por el cual se crean unos cargos y se hacen unos nombramientos en la Sección Nacional de Catastro
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le concede el artículo 30 de la Ley 78 de 1935, decreta:
Artículo 1° De conformidad con las disposiciones, contenidas en los Decretos 1286 y 1349 del presente año créanse a partir de la fecha, y con las asignaciones mensuales que se expresan, los siguientes cargos en la Sección Nacional de Catastro del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:
| a) Un Ingeniero Jefe de la Sección de Geodesia, Topografía y Cálculos | $ | 320.00 |
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| Un Ingeniero Cartógrafo .para la Sección de Cartografía | 300.00 | |
| b) En el Servicio Técnico Catastral: | ||
| Un Ingeniero de Conservación | 270.00 | |
| Un Dibujante | 160.00 | |
| Una Mecanógrafa | 60.00 | |
| Artículo 2° Hácense los siguientes nombramientos: Experto Cartógrafo, doctor Belisario Arjona E. Ingeniero de Conservación, doctor Alvaro González B. Dibujante, señor Luis J Arciniegas. Mecanógrafa, señorita Alicia Casas. | Artículo 2° Hácense los siguientes nombramientos: Experto Cartógrafo, doctor Belisario Arjona E. Ingeniero de Conservación, doctor Alvaro González B. Dibujante, señor Luis J Arciniegas. Mecanógrafa, señorita Alicia Casas. | Artículo 2° Hácense los siguientes nombramientos: Experto Cartógrafo, doctor Belisario Arjona E. Ingeniero de Conservación, doctor Alvaro González B. Dibujante, señor Luis J Arciniegas. Mecanógrafa, señorita Alicia Casas. |
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Artículo 3° El Ingeniero Jefe de1a Sección de Geodesia, Topografía y Cálculos, tendrá derecho a los viáticos y pasajes de que trata el parágrafo 5° del Decreto 1349 citado cuando actúe fuera de Bogotá.
Artículo 4° Los nombrados prestarán sus servicios en el Instituto Geográfico Militar.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 4 de agosto de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Guerra,
José Joaquín CASTRO M
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