Por el cual se fija el precio a la sal en los Almacenes Oficiales de Bogotá

Rango Decreto
Publicación 1902-11-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Los precios de venta, por libras, en los Almacenes Oficiales establecidos en Bogotá, serán, en lo sucesivo, los siguientes:
Sal compactada, la libra $ 0 80
Sal de caldero, la íd 0 50
Sal de morona, limpia, la íd 0 30
Sal sacia, la íd 0 10

Parágrafo. Quedan en estos términos reformados los Decretos números 755 y 1,319, del 6 de Mayo y 1.° de Septiembre del corriente año, sobre precios de venta de la sal en los Almacenes de Bogotá.

Dado en Bogotá, á 24 de Octubre de 1902.

JOSE MNAUEL MARROQUÍN

El Ministro de Hacienda,

JOSE RAMÓN LAGO

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