Por el cual se deroga el número 1714 de 1917

Rango Decreto
Publicación 1928-09-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que por Decreto numero 1714 de 1917 se determinaron las condiciones que debían llenarse para el establecimiento de nuevas Cámaras de Comercio;

Que de acuerdo con el referido Decreto se imponen condiciones que no corresponden en la realidad a las exigencias comerciales actuales, toda vez que el desarrollo de muchas poblaciones ha hecho necesaria la creación de nuevas Cámaras de Comercio en ciudades que, no siendo capitales de el Departamento, han logrado, un cambio, una situación preponderante por su actividad e importancia como centro comerciales, y

Que la Ley 111 de 1890 autoriza, en general, al Gobierno para crear Cámaras de Comercio en los centros comerciales que juzgue convenientes, no siendo, en consecuencia, oportuno que subsista una disposición que limita tal facultad, como lo es el Decreto aludido,

DECRETA:

Articulo único. Derógase el Decreto numero 1714 de 1917 (6 de Octubre), por el cual se determinan las condiciones que se deben llenar para el establecimiento de nuevas Cámaras de Comercio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogota a 29 de Agosto de 1928.

MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ

El Ministro de Industrias,

José Antonio MONTALVO.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.