Por el cual se adiciona el Decreto número 1004 de 1943
por el cual se adiciona el Decreto n úmero 1004 de 1943.
El Presidente de la Rep ública de Colombia,
en uso de sus facultades extraordinarias de que está investido por el artículo 1° de la Ley 5a de 1943,
DECRETA:
Artículo 1° los gastos de transporte que ocasionen en el cumplimiento de la comisiones conferidas a los empleados del cuerpo Auxiliar del Órgano Judicial con residencia fuera de la Capital de la República, los girará el Ministerio de Gobierno, por conducto de los administradores o Recaudadores de Hacienda Nacional, por relación de autorización permanente, con base en la suma mensual que, a juicio del Ministerio, sea necesaria para atender con prontitud y eficacia este servicio.
Artículo 2° En los términos del artículo anterior queda adicionado el artículo 2° del Decreto 1004 de 1943.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de agosto de 1943
ALFONSO LOPEZ
Ministro de Gobierno.
Dario ECHANDIA
Digitó: CC52.697.984
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.