Por el cual se reconocen institucionalmente unas Universidades
El presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y
considerando:
Que por la Ley 37 de 1966 se creó la Universidad de Córdoba en Montería;
Que mediante Acuerdo número 23 de 1960 el Consejo Municipal de Armenia creó la Universidad del Quindío, la cual se reconoció como entidad autónoma descentralizada por la Ley 56 de 1967;
Que el Ministerio de Justicia mediante Resoluciones números 0597 y 3645 de 1965, respectivamente. concedió personería jurídica a las Universidades Social Católica de la Salle y de Santo Tomas.
Que el Decreto número 1772 de 1966 reconoció los dos primeros semestres de Ingeniería Civil, Filosofía y Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de Santo Tomas, y los dos primeros semestres de Ingeniería Civil, Educación. Filosófica y Letras y Ciencias Económicas de la Universidad Social Católica de la Salle;
Que la denominación de Universidad que en las mencionadas normas de los establecimientos de educación superior a que ellas se refieren, no constituye el reconocimiento que con tal carácter debe conferirles el Gobierno Nacional;
Que la Junta Directiva del ICFES mediante Acuerdo número 104 de 1975 rindió concepto favorable ante el Ministerio de Educación Nacional para el reconocimiento como Universidades de las-instituciones citadas:
Que se cumplen los requisitos del artículo 5° del Decreto 125 de 1973 y del artículo 7° Decreto número 1277 del mismo año.
decreta:
Artículo primero. Reconócese con el carácter de Universidades para todos los efectos legales, los siguientes establecimientos de educación superior:
Universidad del Quindío, Universidad de Córdoba, Universidad Social Católica de La Salle y Universidad de Santo Tomas.
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de agosto de 1975.
Alfonso Lopez Michelen
El Ministro de Educación Nacional.
Hernando Durán Dussán.
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