Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de gastos de la actual vigencia fiscal

Rango Decreto
Publicación 1933-10-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que el honorable Consejo de Ministro s , a solicitud del Ministerio de Gobierno,, aprobó el traslado de la cantidad de mil cuatrocientos treinta y un pesos noventa y cuatro centavos ($ 1,431-94) dentro de los capítulos del Presupuesto de gastos vigente, ramo de Gobierno,

DECRETA:

Artículo único. Mácense en el Presupuesto de gastos de la vigencia fiscal en Curso los traslados que a continuación se expresan:

MINISTERIO DE GOBIERNO

Del capítulo 5° Artículo 12. Útiles de escritorio, arrendamiento de locales y demás gastos de los Tribunales Administrativos $ 1,431 94
A los siguientes capítulos y artículos: Capítulo 2° Artículo 4° Para completar los sueldos de los empleados de la presidencia de la República $ 50
Capítulo 9° Artículo 19. Para honorarios de los Conjueces de los Tribunales Superiores de Distrito 400
Capítulo 12.' Artículo 22. Para completar los sueldos de los empleados del Juzgado de Menores de Bogotá 350
Capítulo 17. Artículo 45, Para gastos de las Secretarías del Palacio presidencial y otros de la Presidencia de la República 631 94
Suman estos traslados $ 1,431 94
Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 19 de septiembre de 1933. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Gobierno, Agustín MORALES OLAYA Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 19 de septiembre de 1933. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Gobierno, Agustín MORALES OLAYA Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 19 de septiembre de 1933. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Gobierno, Agustín MORALES OLAYA
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