Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de gastos de Gastos vigente (Dirección Nacional de Estadística)

Rango Decreto
Publicación 1953-07-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 20 de junio de 1953, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar una traslación dentro de las apropiaciones de la Dirección Nacional de Estadística, según consta en el acta, respectiva,

DECRETA:

Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupusto de Gastos vigente:
Dirección Nacional de Estadística Dirección Nacional de Estadística Dirección Nacional de Estadística
Capítulo 131-Nacionalización de Fuentes de Información de Estadística.
Del artículo 1899. Para útiles de escritorio, equipos de oficinas, mobiliario, equipo mecánico, gastos de reparación y conservación de los mismos, servicio telefónico, formularios, publicaciones, extraordinarios e imprevistos y otros gastos inherentes a las labores de nacionalización de las fuentes de información estadística en los Municipios y Corregimientos de los Departamentos, Intendencias y Comisarías del país, en el año $ 50.000.00
Suman los contracréditos $ 50.000.00
Capítulo 131-Nacionalización de Fuente de Información de Estadística.
Al artículo 1898. Para viáticos y gastos de transporte del personal que se ocupe en las labores de nacionalización de las Fuentes de Información Estadística en los Municipios y Corregimientos de los Departamentos, Intendencias y Comisarías del país, cuando viaje en comisiones del servicio, en el año $ 50.000.00
Suman los créditos $ 50.000.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de junio de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces

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