Por el cuales se abre un crédito adicional al presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Agricultura) por $ 5.146.010.00

Rango Decreto
Publicación 1975-09-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974 facultó al Gobierno Nacional para incorporar Al presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios al del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al presupuesto de gastos del Ministerio de Agricultura por. $ 5.146.010.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de disponibilidad número 15 de 1975 por $5.226.848.800.00, correspondiente al, mayor producto de las rentas globalmente consideradas, de los cuales se utilizan $ 5.146.010.00 para financiar el crédito adicional de que trata este Decreto, y Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

AQUÍ VA PDF ADJUNTO. PAG. 2. DIARIO OFICIAL (34393)

Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975:

AQUÍ VA PDF ADJUNTO. PAG. 2. DIARIO OFICIAL (34393)

Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de agosto de 1975.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Rodrigo Botero Montoya

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