Por el cual se dicta una disposición y se aumenta una asignación en los ferrocarriles del Tolima e Ibagué - Armenia

Rango Decreto
Publicación 1928-02-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° adscrídense al Abogado del Ferrocarril del Tolima las funciones del Abogado del Ferrocarril Ibagué-Armenia y carretera auxiliar.
Artículo 2º Auméntase a $260 la asignación ménsula de dicho empleado. Tal aumento empezara a contarse desde el día 1º de enero de 1928.

Comuníquese y publíquese.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas.

Salvador FRANCO.

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