Por el cual se aprueba el Acuerdo número 12 de mayo 2 de 1977 que modifica la Planta der Personal del Inderena

Rango Decreto
Publicación 1977-08-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere los Decretos-ley número 2554 de 1973 y 450 de 1977.

decreta:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 12 de mayo 2 de 1977, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente Inderena, y cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 12 DE 1977

(mayo 2)

por el cual se modifica la Planta de Personal del Instituto Nacional do los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente-Inderena-aprobada por los Decretos 1102 de 7 de junio de 1974, 1476 de 25 de julio de 1974, 1740 de septiembre 1° de 1975 y 1228 de junio 21 de 1976.

La Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente Inderena, en uso da facultades legales y estatutarias,

acuerda:

Artículo primero. Suprímese de la Planta de Personal del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y el Ambiente - Inderena los siguientes cargos:
SEDE PRINCIPAL SEDE PRINCIPAL SEDE PRINCIPAL SEDE PRINCIPAL
Subgerencia de Cuencas Hidrográficas. División Manejo de Suelos. Subgerencia de Cuencas Hidrográficas. División Manejo de Suelos. Subgerencia de Cuencas Hidrográficas. División Manejo de Suelos. Subgerencia de Cuencas Hidrográficas. División Manejo de Suelos.
N° cargos Denominación del empleo Clase Grado
1 Ingeniero V 20
1 Ingeniero III 18
Sección Administración de Cuencas.
1 Jefe Sección Personal Técnico I 24
1 Asesor I 22
1 Ingeniero I 16
Sección Administración de Sucios.
1 Jefe Sección Personal Técnico I 24
REGIONAL CENTRAL REGIONAL CENTRAL REGIONAL CENTRAL REGIONAL CENTRAL
Cuencas Hidrográficas.
1 Jefe de Proyecto III 22
1 Ingeniero VII 22
1 Ingeniero Civil III 18
1 Ingeniero II 17
1 Ingeniero Forestal II 17
4 Ingeniero I 16
1 Topógrafo I 10
5 Asistente Recursos Naturales I 9
1 Auxiliar Recursos Naturales II 8
3 Auxiliar Recursos Naturales I 7
1 Mecanógrafo V 6
1 Operador de Maquinaria I 5
1 Chofer Mecánico I 5
1 Mecanógrafo IV 5
3 Ayudante Recursos Naturales I 3
1 Mecanógrafo II 3
1 Mecanógrafo I 2
1 Obrero Semicalificado I 1
1 Obrero I 1
31 Obrero I 1
Desarrollo Social y Vigilancia.
2 Prometer Desarrollo Comunidad I 12
1 Experto Cooperativismo III 10
REGIONAL ORIENTAL REGIONAL ORIENTAL REGIONAL ORIENTAL REGIONAL ORIENTAL
Cuencas Hidrográficas.
1 Ingeniero Forestal IV 19
2 Ingeniero I 16
2 Asistente Recursos Naturales I 9
1 Topógrafo I 10
1 Mecanógrafo IV 5
1 Ayudante de Ingeniería I 3
1 Chofer III 3
2 Obrero Semicalificado I 1
20 Obrero I 1
Desarrollo Social y Vigilancia.
1 Promotor Desarrollo Comunidad I 12
1 Experto Cooperativismo V 12
1 Experto Cooperativismo III 10
REGIONAL SUROCCIDENTAL REGIONAL SUROCCIDENTAL REGIONAL SUROCCIDENTAL REGIONAL SUROCCIDENTAL
Cuencas Hidrográficas.
1 Ingeniero I 16
1 Topógrafo I 10
1 Auxiliar Recursos Naturales I 7
1 Ayudante de Ingeniería II 4
1 Mecanógrafo I 2
Desarrollo Social y Vigilancia.
1 Experto Cooperativismo III 10
1 Experto Cooperativismo I 8
REGIONAL OCCIDENTAL REGIONAL OCCIDENTAL REGIONAL OCCIDENTAL REGIONAL OCCIDENTAL
Cuencas Hidrográficas.
2 Asistente Recursos Naturales I 9
4 Guardabosque V 5
1 Chofer I 1
4 Obrero I 1
Desarrollo Social y Vigilancia'.
1 Promotor Desarrollo Comunidad I 12
REGIONAL PACIFICO REGIONAL PACIFICO REGIONAL PACIFICO REGIONAL PACIFICO
Desarrollo Social y Vigilancia.
2 Promotor Desarrollo Comunidad I 12
1 Experto Cooperativismo III 10
Artículo segundo. Créase en la Planta de Personal del Inderena los siguientes cargos:
PROGRAMA DRI
N° cargos Denominación del empleo Clase Grado
1 Profesional Especializado VIII 28
7 Profesional Especializado IV 24
3 Asesor IV 25
1 Ingeniero VII 22
2 Ingeniero V 20
42 Ingeniero IV 19
9 Biólogo IV 19
9 Topógrafo IV 13
2 Estadígrafo VIII 12
7 Experto Agropecuario V 12
70 Experto Agropecuario IV 11
6 Dibujante III 11
1 Mecanotaquígrafo V 9
1 Mecanógrafo VII 8
4 Operador de Maquinaria IV 8
23 Ayudante Recursos Naturales IV 6
1 Chofer VI 6
20 Chofer V 5
30 Mecanógrafo IV 5
1 Celador IV 5
42 Celador III 4
4 Ayudante de Ingeniería II 4
219 Ayudante Recursos Naturales I 3
17 Auxiliar Servicios Generales I 1
Artículo tercero. Autorízase al Gerente General para la radicación de los cargos.
Artículo cuarto. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a los días del mes de de 19

(Fdo.), Jaime Burgos Pareja, Presidente Junta Directiva - Inderena -

(Fdo.), Rodrigo Angulo Doria, Secretario Junta Directiva - Inderena -

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 18 de julio de 1977.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Agricultura, Alvaro Araújo Noguera. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Saturia Esguerra.

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