Por el cual se crea un empleo en el ramo de Correos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y considerando:
Que semanalmente hay necesidad de enviar con destino al Lazareto de Agua de Dios remesas en dinero que hacen indispensable la creación de un Mensajero especial,
decreta:
Artículo 1° Créase el empico de Mensajero especial a Agua de Dios, con la asignación mensual de cincuenta pesos ($ 50).
Artículo 2° El Mensajero a que se refiere el artículo anterior asegurará su manejo con una caución de quinientos pesos ($ 500) a satisfacción del Administrador General de Correos.
Artículo 3° En los días en que no haya viaje a Agua de Dios, el Mensajero prestará sus servicios en el Departamento de Negocios Generales de la Administración General del ramo.
Artículo 4° Por el Ministerio del Tesoro se dictará el Decreto respectivo, para atender al gasto que ocasione el presente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de agosto de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno Marcelino ARANGO
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