Por el cual se crean tres puestos en el ramo de Caminos Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Créanse los siguientes puestos con las asignaciones mensuales que se expresan a continuación: Cajero Contador de la segunda y tercera Comisiones Técnicas, encargadas de hacer el trazado le la vía del Suroeste, entre Pasto y Popayán, con ciento ochenta pesos ($ 180); Topógrafo Dibujante del a segunda de las citadas Comisiones, con doscientos cincuenta pesos ($ 250), y Cajero Contador del a vía de Popayán a Mocoa, con ciento cuarenta pesos ($ 140) . Los citados Cajeros deben prestar, antes de posesionarse, la fianza legal necesaria a favor de la Nación, y por la cuantía que señale la Contrataría General de la República.
Artículo 2.° Nómbrase a los señores Aníbal Mosquera, Laurentino López T. y Pedro Emilio Thomas, para desempeñar, en su orden, los puestos creados por el presente Decreto
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de agosto de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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