Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1971 (Contraloría General de la República y Aeronáutica Civil y Ministerio de Hacienda y Credito Público -Deuda Pública Nacional-, Salud Pública Nacional, Obras Públicas y Rama jurisdiccional) por $ 147.260.000.00

Rango Decreto
Publicación 1971-09-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el numeral 1° del artículo 50 de la Ley 4ª de 1970, facultó al Gobierno Nacional para incorporar, por medio de decreto, al presupuesto los nuevos recursos tributarios y abrir las correspondientes- apropiaciones: para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social, abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971, de la Contraloría General de la República, los Departamentos Administrativos de la Presidencia de la República y Aeronáutica Civil y los Ministerios de Hacienda y Crédito Público -Deuda Publica Nacional-, Salud Pública, Desarrollo Económico, Educación Nacional, Obras Públicas y Rama Jurisdiccional, por un total de $ 147.260.000.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió los certificados de disponibilidad número 15, por $ 286.541.048.46: del cual se utilizan $ 127.260.000.00 y número 16 por $ 20.000.000.00 el cual se utiliza en su totalidad, para financiar los créditos presupuéstales de trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Adicionarse los cómputos del Presupuesto de rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1971, con la cantidad de ciento cuarenta y siete millones doscientos sesenta mil pesos ($ 147.260.000:00), moneda legal, que, con base en los certificados de disponibilidad números 15 y 16 del mismo año, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporaron con imputación a los siguientes numerales:

DEPARTAMENTO DE RENTAS E INGRESOS

CAPITULO VIII

Numeral 70. Contribución de las entidades fiscalizadas por la Contraloría General de la República $ 20.000.000

CAPITULO XV

Recursos del Balance del Tesoro

Numeral 165. Superávit fiscal de 1970 127.260.000
Suman los recursos $ 147.260.000
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971:

TABLA PAGINA 2-3

Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de agosto de 1971.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente M.

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