Por el cual se abren unos créditos adicionales al presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Contraloria General de la República) por $ 5.000.000.00

Rango Decreto
Publicación 1975-09-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974 facultó al Gobierno Nacional para incorporar al presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública, abrir unos créditos adicionales al presupuesto de la Contraloría General de la República por $5.000.000.00;

Que, con base en lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de disponibilidad número 19 de 1975 por $ 5.000.000.00 para amparar los créditos adicionales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del presupuesto de rentas y recursos de capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975, con la cantidad .de cinco millones de pesos ($5.000.000.00) moneda legal, que, con base en el certificado de disponibilidad número 19 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

Presupuesto de rentas y recursos de capital.

CAPITULO VII
a) Servicios Administrativos.
Numeral 37. Contribución de las entidades fiscalizadas por la Contraloría General de la República. $ 5.000.000.00
Suma el recurso $ 5.000.000.00
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975.
Presupuesto de funcionamiento.
CAPITULO 005.
Contraloría General de la República
Programa 005.
Fiscalización del Presupuesto Nacional
Servicios personales.
101 113 109. Artículo 052-A. Remuneración servicios técnicos $ 210.000.00
102 113 123. Artículo 055. Indemnización por vacaciones 200.000.00
101 113 115. 057-B. Horas extras y días feriados 790.000.00
Gastos generales
105 113 203. Artículo 059. Compra de equipo 2.600.000.00
106 113 211. Artículo 063. Materiales y suministros 1.200.000.00
Suman los créditos adicionales $ 5.000.000.00 5.000.000.00
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de agosto de 1975

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya

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