Por el cual se destina una suma
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Con cargo al capítulo 41, artículo 429, del Presupuesto vigente, destínase la suma de ochocientos pesos ($ 800), que se situará en la Recaudación de Hacienda Nacional de Venadillo para pagar comprobantes que vise el Director del Centro de Higiene, por inversiones en organización y sostenimiento de servicios de protección infantil (Sala-cuna y Gota de Leche), en dicho Municipio.
Parágrafo. Los gastos mensuales serán fijados por resolución del Médico Director del Centro de Higiene, aprobada por el Ministerio de Trabajo, Higiene v Previsión Social.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 3 de julio de 1942
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
José Joaquín CAICEDO CASTILLA
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