Por el cual se modifica el marcado con el número 133 de 1942, sobre distribución de partidas para la Colonia Escolar de Arcabuco
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y
CONSIDERANDO:
- 1° Que es necesario modificar el Decreto número 133, del año en curso por el cual se distribuyen las partidas para el funcionamiento de la Colonia Escolar de Arcabuco, en vista de que la partida de alimentación de alumnos en los meses de junio a diciembre, inclusive, se había fijado en $ 4.410, sobre la posibilidad de aumentar a 70 el número de las pensiones alimenticias respectivas; y
- 2° Que esta aspiración no pudo realizarse por cuanto fue posible completar la construcción de un pabellón, indispensable para alojar 20 alumnos más.
DECRETA:
Artículo 1° Modificase el Decreto número 133 de 1942 en el sentido, de reducir en los, meses de junio a diciembre, inclusive, a 50 las pensiones alimenticias de alumnos internos de la Colonia Escolar de Arcabuco, a $ 9 mensuales cada una y rebájase a la cantidad total de $3.150 lo destinado para pago de pensiones alimenticias en los 7 meses citados, a razón de $450 en cada mes.
Artículo 2° Igualmente modificase el mismo Decreto número 133, en, el sentido de aumentar, a. $4.536 la suma destinada para servicios de energía y agua, teléfono, aseo, transportes, excursiones útiles, drogas y demás gastos de la Colonia.
Parágrafo. El Habilitado de la Colonia atenderá al pago del mayor valor de los servicios, útiles y demás gastos del establecimiento con la suma girada para el pago de las 20 pensiones que se reducen por el presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de julio de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Educación Nacional,
Germán ARCINIEGAS
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