Por el cual se modifica el Decreto número 1597 de 1944
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Articulo 1° Modifícase el artículo 4° del Decreto número 1597 de 30 de junio de 1944, en el sentido de aumentar a diez y siete mil cuatrocientos sesenta pesos ($ 17 460) la cantidad destinada al sostenimiento de la Revista de las Indias durante el año de 1945, cantidad que ingresará al Fondo Rotatorio de Publicaciones, de acuerdo con las demás disposiciones del Decreto número 1597, citado.
Artículo 2° Esta cantidad se tomará del artículo 1118, Capítulo 72 del Prespuesto vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de enero de 1945
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional,
Antonio ROCHA
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