Por el cual se conforma la Comisión Asesora del Gobierno para la expedición del Código del Menor

Rango Decreto
Publicación 1989-01-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de la que le confiere el artículo 2° de la Ley 56 de 1988, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso Nacional, mediante la Ley 56 de noviembre 28 de 1988, concedió facultades extraordinarias para que el Presidente de la- República expida el Código del Menor;

Que el artículo 2° de la citada Ley 56 de 1988, creó una Comisión Asesora del Gobierno para el ejercicio de las facultades extraordinarias por ella otorgadas;

Que él Congreso Nacional y la Corte Suprema de Justicia, han designado sus representantes en la mencionada Comisión Asesora,

DECRETA:

Artículo 1° Confórmase la Comisión Asesora del Gobierno Nacional para, la redacción y expedición del Código del Menor, creada en el artículo 2° de la Ley 56 de 1988, con los siguientes miembros:
Artículo 2° El presente Decretó rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 20 de enero de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Salud,

Luis Heriberto Arraut Esquivel

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