por el cual se establece la evaluación de competencias gerenciales para la provisión de empleos de libre nombramiento y remoción

Rango Decreto
Publicación 2005-05-23
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 47, 48 y 49 de la Ley 909 de 2004,

DECRETA:

Artículo 1º. En la provisión de los empleos de libre nombramiento y remoción de la Rama Ejecutiva del orden nacional de grado inferior a Secretario General, sin perjuicio de la discrecionalidad propia de la naturaleza del cargo, se tendrán en cuenta las competencias gerenciales, el mérito, la capacidad y experiencia, las calidades personales y su capacidad en relación con las funciones y responsabilidades del empleo.
Artículo 2º. La evaluación de los candidatos podrá ser realizada por:
Artículo 3º. El órgano técnico o la entidad encargada de verificar las competencias gerenciales indicará al nominador si el candidato cumple o no con las competencias requeridas y se ajusta al perfil del cargo, para que discrecionalmente proceda a la designación.
Artículo 4º. El proceso de que trata el presente decreto no implica el cambio de la naturaleza jurídica del cargo a proveer.
Artículo 5º. La presente disposición no se aplicará a la provisión de cargos de que trata el literal a), numeral 3 del artículo 47 de la Ley 909 de 2004.
Artículo 6º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de mayo de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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