por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 17 de 1963 (diciembre 24), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, sobre autorización al Intendente para celebrar un contrato de permuta

Rango Decreto
Publicación 1964-07-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. El Acuerdo número 17 de 1963 (diciembre 24), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, quedará así:

Acuerdo número 17 de 1963 (diciembre 24)

por el cual se autoriza al Intendente Nacional de San Andrés y Providencia para celebrar un contrato de permuta.

El Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las conferidas por el artículo 12, ordinal b) del Decreto número 3272 de 1962, y

Considerando:

Que la Misión Católica construyó la iglesia de San Judas Tadeo, en San Andrés, en terrenos que según escritura pública número 201 de 4 de septiembre de 1958, de la Notaría Unica de San Andrés y Providencia, fueron cedidos por la Nación a la Intendencia;

Que el Prefecto Apostólico de la Misión ha solicitado a la Intendencia la cesión del lote de terreno ocupado por la iglesia;

Que la Intendencia, para ampliar la construcción del Colegio Bolivariano necesita adquirir un terreno adyacente, de propiedad de la Misión Católica, y

Que según el reconocimiento y avalúo pericial de los lotes de propiedad de la Intendencia y de la Nación, éstos guardan proporción en cuanto a su precio, pudiéndose llevar a cabo una permuta de ellos,

Acuerda:

Artículo primero. Autorízase al Intendente Nacional para celebrar, con la Misión Católica de San Andrés y Providencia, un contrato de permuta relacionado con los siguientes lotes:
Artículo segundo. Este Acuerdo rige a partir de la fecha de aprobación por el Gobierno Nacional.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 9 de julio de 1964.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Gobierno. Aurelio Camacho Rueda.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.